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Se trata de un sistema que funcionará como un conjunto organizado y articulado de instituciones y organizaciones, normas, políticas, planes, programas, mecanismos y acciones locales, orientado a contribuir a la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres y género. Surge como un instrumento válido, en un escenario preocupante en el que las estadísticas señalan que dos de cada tres mujeres ecuatorianas han experimentado al menos un hecho de violencia basada en género - física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, a lo largo de su ciclo vital -, figurando Imbabura en el cuarto lugar, entre las provincias con mayor prevalencia de cualquier tipo de violencia contra las mujeres perpetrada en los distintos ámbitos de la sociedad.

IBARRA.- El Consejo Provincial de Imbabura, reunido este jueves, 13 de mayo de 2021, aprobó, en primer debate, la Ordenanza para la Organización y Funcionamiento del Sistema Provincial de Prevención y Erradicación de Violencia Contra las Mujeres y Género en la Provincia de Imbabura. La normativa tiene como objetivo desarrollar y aplicar acciones, que contribuyen a la restitución de derechos, prevención y atención en casos de violencia contra las mujeres y de género en el territorio.

Es el resultado de un trabajo coordinado y participativo entre instituciones públicas y privadas, así como organizaciones sociales, integradas por hombres y mujeres con profundos conocimientos en la materia y, sobre todo, con el compromiso de erradicar la violencia de género. El tratamiento se dio en la Comisión de Legislación y Fiscalización e Igualdad y Género del organismo provincial. La viceprefecta, Cristina Males, como parte de la Red, por delegación del Prefecto, participó en dicho proceso.

Se enmarca dentro de las funciones señaladas en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, COOTAD, que en su parte pertinente establece que los gobiernos autónomos descentralizados deberán diseñar e implementar políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en su territorio, en el ámbito de sus competencias, para el cumplimiento de sus planos de desarrollo.

Dicha ordenanza está encaminada a la consecución de los objetivos propuestos por la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, con enfoque de Derechos Humanos y del Sistema Integral de Protección de Derechos, con énfasis en políticas dirigidas a las mujeres, grupos y sectores vulnerables y personas de la comunidad LGBTI, víctimas de la violencia de género.

En este contexto, establece las responsabilidades que tiene el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de lmbabura, en conjunto con todos y cada uno de los miembros del Consejo Provincial, como lo determina la Ley, de contribuir a la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres y de género, a través de acciones dirigidas a la transformación de patrones sociales, culturales, étnicos, políticos, económicos e institucionales que influyen en la desigualdad de género; así como también, promover el respeto, protección y garantía del derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

La presente ordenanza considera los enfoques de género, interculturalidad, intergeneracional, discapacidad, movilidad humana, integralidad e interseccionalidad amparados en los derechos humanos. Los principios fundamentales que orientan la actuación de los aspectos contenidos se suscriben a los siguientes: igualdad y no discriminación; progresividad y no regresividad de derechos; pro persona; transversalidad; y, corresponsabilidad.

Son objetivos del Sistema reconocer y garantizar los derechos humanos; contribuir a la eliminación progresiva de los patrones socioculturales y estereotipos que justifican o naturalizan la violencia; prestar servicios de atención médica, sicológica, socioeconómica, jurídica entre otras, de manera especializada, intersectorial, interdisciplinaria, integral, inmediata y gratuita a las mujeres víctimas de violencia, de acuerdo con las competencias de cada organismo, dando prioridad a las mujeres del área rural y en condiciones de extrema pobreza y vulnerabilidad múltiple; y, promover la integridad y seguridad de las mujeres víctimas directas e indirectas, mediante diversos mecanismos de protección. 

Estará conformado por las instituciones descentralizadas, desconcentradas y locales, especialmente, las que forman parte del Sistema Nacional Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres, así como las organizaciones no gubernamentales, de la sociedad civil, del sector privado, internacionales, de cooperación y otras. En general, las que presten servicios de salud, educación, inclusión económica y social, de seguridad, protección, entre otros, que brinden apoyo psicológico, jurídico, social y demás servicios que se ofrecen para la prevención, protección, atención, de manera integral . 

El Gobierno Autónomo Descentralizado de la Provincia de Imbabura, a través de la Comisión de Igualdad y Género con su Secretaría Técnica, será el encargado de articular y coordinar el Sistema. La Comisión de Igualdad y Género coordinará con las Secretarías Técnicas de los Consejos Cantonales de Protección de Derechos de la Provincia, de manera semestral, para el análisis de los informes emitidos por las entidades de atención, así como por las Juntas Cantonales de Protección de Derechos , para tomar decisiones en torno a la formulación de políticas públicas provinciales.

Entre sus funciones está elaborar y aprobar el Plan Provincial para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y Prevenir la Violencia Basada en Género; proponer políticas públicas; desarrollar campañas permanentes de sensibilización y promoción de los derechos humanos y de las mujeres; trabajar coordinadamente, en especial, con las entidades del Sistema Nacional Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y Violencia basada en Género; establecer alianzas estratégicas, cooperaciones y apoyos interinstitucionales, para el cumplimiento de los objetivos de la presente ordenanza; remitir al ente coordinador del sistema, la información sobre violencia contra las mujeres que alimenta el Registro Único de Violencia.

Realizar el seguimiento y control social a la implementación de las políticas públicas, enmarcado en los lineamientos establecidos en el Sistema de Participación Ciudadana del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Imbabura; incidir para la incorporación de las acciones contempladas en el Plan en el proceso de aprobación del Presupuesto del organismo mencionado, a través del mecanismo de Presupuesto Participativo; elaborar anualmente un informe con datos respecto del cumplimiento del Plan Provincial en el marco del proceso de rendición de cuentas de la Prefectura; fortalecer los espacios de participación ciudadana de diversos sectores en la consolidación del Sistema; impulsar una red de aliados estratégicos que permita brindar más oportunidades laborales a mujeres en situación de violencia; y,

Al cuerpo legal le antecede la exposición de motivos y consideraciones de tipo legal. Está estructurado de 6 capítulos, que se refieren a las consideraciones generales; organización y funcionamiento; políticas y articulaciones; estrategias de prevención; atención a víctimas; y, presupuesto. Concluye citando disposiciones de tipo general, transitorias y final.

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