El organismo provincial reformó su presupuesto para poder contar con recursos económicos destinados a solventar la entrega de alimentos a las familias de escasos recursos económicos y personas en situación de vulnerabilidad de las zonas rurales. Paralelamente, el Prefecto emprendió gestiones para fortalecer la acción social en la provincia en estos tiempos de crisis. 

IBARRA.- La Prefectura de Imbabura y el Ministerio de Inclusión Económica y Social, MIES, Zonal 1, firmaron un convenio de concurrencia de cooperación interinstitucional, con el propósito de concretar acciones, en el marco de la emergencia sanitaria, derivada a escala nacional y mundial, por la pandemia del virus covid-19. El documento suscrito permite canalizar la entrega de 10.000 kits alimenticios en los sectores rurales, por parte del organismo provincial, a través del Patronato.

“Se han dado pasos concretos direccionados a llegar con la ayuda oportuna a las familias de escasos recursos económicos, que atraviesan necesidades, especialmente de orden alimenticio, en estos tiempos críticos para todo el país. Se han cumplido todos los procedimientos legales pertinentes, hasta arribar a la firma del convenio con el MIES, lo cual nos facilita operar en la entrega de los kits alimenticios”, sostuvo el prefecto Pablo Jurado.

El costo de este programa es asumido en su totalidad por la Prefectura, gracias a la reforma presupuestaria que se resolvió, en sesión extraordinaria del Consejo Provincial, el pasado 30 de marzo de 2020. Son 150.000 dólares que serán utilizados para la compra de las 10.000 raciones. El dinero proviene del recorte del presupuesto destinado a las fiestas de la provincia y auspicios a eventos festivos y culturales a nivel de cantones.

El MIES establecerá la logística de distribución con las entidades relacionadas, establecerá las listas de beneficiarios, en coordinación con los comités de operaciones de emergencia de los cantones y con los gobiernos parroquiales. La distribución estará sujeta a las disposiciones técnicas emanadas únicamente por el COE Provincial.

En esta situación de emergencia nacional, la concurrencia obedece a lo que señala el artículo 260 de la Constitución de la República, en cuyo texto se lee que el ejercicio de las competencias exclusivas no excluye el aspecto concurrente de la gestión en la prestación de servicios públicos y actividades de colaboración y complementariedad entre los distintos niveles de gobierno.

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APUK UKUWAN, MIES UKUWAN SHUTI ASPIKUNATA RURARKA  MIKUNA KIPIKUKUNATA YANAPANKAPAK

 

Apuk ukumi yalishka punllakunapillatak kullki rakichishkakunamanta   añawllawtu llakikuna chayamukpi raymikunapak kullkikunata chimpachishpak, wakcha mamakunaman , wawakunaman , taitakunaman chayachinkapak shuk shuk  kamachik kawa  killkaykunata rurashpak, shinallatak pushakuna pura tantaripi ari nirishpak , kay karaykunata MIES ukuman chayachinka, paykuna llaktapi kitillitak pushakkunawan  rimarishpak shuk shuk llaktakunaman chayachichun.

Chunka waranka mikuna kipikukunami chunka waranka mashikunaman chayankakuna,  chaymantami tio Pablo Jurado mashika  nirka “ kay punllakunapimi mutsurishka kan, pushakkuna  yanapaykunata chayachina , chaymantami   paktachikrinchik” nishpa willachikurka. Mikuna rakichipika markapi COE tantarimi rikunka , ima shina  chayachinatak, llaktapi pushakunawan.