El equipo caminero, especialmente, es requerido para llevar a cabo trabajos de limpieza en los caminos obstaculizados por las protestas populares registradas en la provincia. La utilización está sujeta a las responsabilidades que señala el ordenamiento jurídico que rige.

IBARRA.- En el marco del Decreto Ejecutivo 884, emitido por el Presidente Constitucional del Ecuador, Lenín Moreno Garcés, que señala el Estado de Excepción en el país, por lo cual “dispone  las requisiciones a las que haya lugar para mantener los servicios que garanticen los derechos de las personas y el orden de la seguridad interna. Las requisiciones se harán en caso de extrema necesidad y en estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico, aplicable para esta situación, observando de manera imperiosa los criterios de responsabilidad de la requisición, formalidades y documentación requerida y demás consideraciones sobre la materia contenidas en los reglamentos respectivos. Toda requisición sea de bienes o servicios se ejecutará de conformidad con lo establecido a la Ley de Seguridad Pública y del Estado y el Reglamento de Requisición de Bienes”.

La Prefectura ejecuta los requerimientos del Comité de Seguridad de esta provincia, poniendo a la orden sus bienes, especialmente maquinaria, y personal operativo. El uso es dispuesto por el organismo conformado para llevar a cabo las acciones operativas. En este caso, el equipo pesado tiene la función de realizar trabajos de limpieza de los caminos, a fin de garantizar la libre circulación, punto principal del interés del Gobierno, para restablecer el orden, la seguridad y el normal desenvolvimiento de las actividades.

Como institución pública, la Prefectura está sujeta a las directrices que emana el Estado, más aún, en una situación de excepción, tal como ocurre actualmente. En atención a lo dispuesto por el régimen, la maquinaria, al ser requerida, debió cumplir tareas de limpieza en las vías obstaculizadas por las manifestaciones populares. Esta acción que se la ejecuta es independiente de la planificación institucional y solo obedece a la necesidad que tiene la nación para garantizar el restablecimiento de la movilización en los diferentes ejes viales.